Desde el 18 de julio 2024 entró a regir el Nuevo Régimen de Origen del MERCOSUR (ROM), conforme a la Decisión 05/2023 del Consejo de Mercado Común (CMC). El ROM es un conjunto de normas y procedimientos que establecen las condiciones que un producto debe cumplir para ser considerado originario de un Estado Parte del MERCOSUR.
El Nuevo Régimen es adoptado por todos los Estados Partes del MERCOSUR con importantes cambios e innovaciones con relación al vigente y apunta a la profundización regional a partir de la facilitación del comercio. Adopta las mejores prácticas internacionales, simplificando las normas vigentes, con un mecanismo de verificación y control más ágil, además de brindar mayor seguridad jurídica a los operadores comerciales.
El nuevo ROM fue implementado por la Decisión CMC N. 05/2023. A su vez, contempla trato diferenciado para Paraguay y Uruguay, conforme a la Decisión CMC 06/2023.
Entre otras cuestiones, simplifica las reglas de origen eliminando el concepto de “regla general”, lo que implica que, para todo el universo arancelario existe un requisito específico de origen (REO) definido en un listado que será de aplicación cuando sean utilizados insumos importados de extrazona en el proceso productivo.
También innova al incluir conceptos importantes, dando seguridad jurídica a los operadores comerciales como, por ejemplo, en los casos de materiales fungibles, surtidos y embalajes. Asimismo, se destaca la aplicación de la regla de “de minimis” a los REOs, flexibilizando el régimen actual.
Finalmente, es importante resaltar los cambios en lo que se refiere a la “verificación y control de origen”, los cuales permiten establecer mecanismos simplificados de consultas en caso de duda fundada, sin la necesidad de la apertura de un proceso formal.
Las reglas que conforman el ROM determinan el origen de los bienes con el fin de aplicar aranceles preferenciales dentro del bloque, promoviendo así el comercio entre los Estados Partes y evitando el desvío de comercio.