23 de Enero 2023.-
En el día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicó una serie de medidas.
A continuación, el detalle de las mismas:
Resolución General 5319/2023 : Se sustituye el régimen de percepción de IVA aplicable a operaciones de venta de cosas muebles no registrables nuevas y/o usadas, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios, concertadas y/o perfeccionadas electrónicamente a través de “plataformas digitales”. Destacamos que se incorporan nuevos agentes de percepción, y se establecen diferentes alícuotas aplicables en base a la situación y el comportamiento fiscal de los contribuyentes. La presente disposición será de aplicación para las operaciones cuya concertación y/o perfeccionamiento por vía electrónica se produzca a partir del 1 de abril de 2023.
Resolución General 5320/2023 : Se modifican las condiciones para que los contribuyentes queden obligados a inscribirse en el “Registro de Comercializadores de Bienes Usados No Registrables” para operaciones de compraventa de bienes usados no registrables, como así también los regímenes de percepción del impuesto al valor agregado y de retención del impuesto a las ganancias aplicables a las operaciones alcanzadas. Por otra parte, se efectúan adecuaciones en el régimen de retención del IVA y de ganancias aplicable a las liquidaciones que los sujetos que administren servicios electrónicos de pago y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros efectúan a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios, y no se trate de entidades administradoras de sistemas de pago con tarjetas de crédito, de compra y/o de pago. La presente disposición resultará de aplicación a partir del 1 de abril de 2023.